🔴Atención: a partir de esta fecha, los fumadores ya no podrán comprar…

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La prohibición de fumar en lugares públicos entró en vigor el 1 de febrero de 2007. Se aplica a todos los espacios cerrados o cubiertos de uso colectivo, como:

Centros sanitarios.
Escuelas y centros educativos.
Lugares de trabajo, tanto de la administración pública como del sector privado.
Medios de transporte público.
Posibilidad de habilitar espacios para fumadores

En determinadas circunstancias, el responsable o gerente de un establecimiento puede habilitar una zona reservada para fumadores. Para ello, es necesario instalar una señalización específica mediante carteles, paneles informativos u otros elementos visibles.

Nuevas prohibiciones desde el 1 de julio de 2025

Desde el 1 de julio de 2025, Francia ha reforzado su política de lucha contra el tabaquismo ampliando la prohibición de fumar en espacios públicos al aire libre frecuentados por menores.

Los nuevos lugares afectados son:

Las playas.
Los parques y jardines públicos.
Las inmediaciones de escuelas, colegios e institutos.
Las marquesinas de autobús.
Las instalaciones deportivas.

Esta medida forma parte de una estrategia destinada a crear una «generación sin tabaco» de aquí a 2032.

¿Qué sanciones se aplican por incumplir la prohibición de fumar?
Multa para el fumador

Los fumadores que incumplan la normativa sobre la prohibición de fumar en lugares públicos se exponen a una multa fija de 68 euros, que puede alcanzar los 450 eu

Ta está rohibido fumar en un vehículo en presencia de un menor. En este caso, la infracción puede ser sancionada con una multa de hasta 750 euros.

Multa para el usuario de cigarrillos electrónicos

La prohibición de vapear también se aplica en determinados lugares, como:

Centros educativos.
Transporte público.
Espacios cerrados de trabajo colectivo.

La infracción está sancionada con una multa fija de 35 euros, reducida a 22 euros en caso de pago rápido.

Multa para el establecimiento

El responsable de un establecimiento que favorezca o tolere este tipo de comportamientos se expone a una infracción de cuarta categoría, equivalente a una multa de 135 euros.

La sanción puede aumentar hasta los 750 euros si:

No existe señalización que indique la prohibición de fumar o vapear.
Se pone a disposición de los fumadores una zona reservada que no cumple la normativa.
El responsable del establecimiento favorece el incumplimiento de la prohibición de fumar.
Multa por arrojar colillas al suelo

Desde 2020, la legislación prevé una multa de cuarta categoría (135 euros) por arrojar colillas al suelo fuera de una papelera o punto de recogida autorizado.

Además, desde el 1 de julio de 2025, fumar está prohibido en parques, jardines públicos y otros espacios similares. El incumplimiento de esta prohibición también puede dar lugar a una sanción económica.

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